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España aún sufre un problema de impagos y falta de respeto a los plazos de pago en las operaciones comerciales. La Ley 3/2004 de 29 de diciembre tiene por objeto establecer medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales a fin de combatir la morosidad y prevenir abusos en la fijación de los plazos de pago (...)
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Hemos de tener en cuenta que, según la Ley de medidas de lucha contra la morosidad, si no hemos pactado con anterioridad el pago para una factura, este será de 30 días naturales. En caso de acuerdo, el plazo de pago podrá ser ampliado pero no podrá ser superior a 60 días (...)
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Seguramente, a lo largo de la vida de tu empresa, tendrás que reclamar algún pago de algún cliente moroso. Para ello es requisito indispensable tener emitida la correspondiente factura que acredite la deuda (...)
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Lamentablemente, la morosidad es algo que está a la orden del día en nuestra sociedad. Toda operación comercial implica un riesgo de impago hasta que la empresa acreedora no cobra íntegramente la totalidad del importe. Para protegerse de los posibles impagos o retrasos en el cobro, se pueden tomar una serie de medidas que servirán para garantizar el cobro de las mismas (...)