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Artículos sobre gestión de cobros de facturas impagadas y recuperación de deudas
09/07/2019

¿Cómo funciona el procedimiento monitorio por impago de facturas?

En muchas ocasiones intentar cobrar una factura parece una misión imposible, incluso te llegas a sentir como un acosador porque sientes que tienes que ir tras quien te debe dinero para no darlo por perdido.

Por lo general, según dicta la ley, debes dar un plazo de 30 días para que te realicen el pago. Sin embargo, una vez pasado ese tiempo, puedes llegar a un acuerdo con el deudor para darle unos 30 días adicionales para que te pague. Así es como lo ampara la ley.

A partir de esos 60 días persecutorios sin éxito para que te paguen tus facturas, puede que sea recomendable recurrir al procedimiento monitorio. A partir de entonces, ¿cómo cobrar una deuda?

El juicio monitorio, una vía rápida y eficaz para cobrar una deuda

Es normal que no entiendas eso del procedimiento monitorio. Te ponemos un poco en situación para que sepas de qué va la cosa. Hasta entonces has intentado todo lo posible para que el deudor te pague, y lo has hecho por vía extrajudicial. Sin embargo, una vez pasados los 60 días, que son los que puedes dar de plazo, debes de realizar un proceso judicial sencillo, rápido y eficaz. A partir de aquí es cuando empezamos a hablar del procedimiento monitorio. Te explicamos cómo lo puedes hacer. ¡No te preocupes que no te saldrán canas por ello!

El procedimiento monitorio es una demanda judicial por deuda y está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Debes tener en cuenta que, para poder llegar hasta aquí, hasta los tribunales civiles, debemos estar hablando de una deuda exigible, monetaria y que ya haya vencido. No olvides que no se trata de una demanda sin más, es una reclamación impuesta ante los tribunales.

¿Cómo hago el procedimiento monitorio?

Necesitas rellenar el formulario de reclamación oficial. Una vez que lo hayas completado, deberás de entregarlo en el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor.

Ahora solo te queda esperar. El funcionario judicial se pondrá en contacto con el deudor, quien desde que se le informa, dispone de 20 días para realizar el pago u oponerse a la petición.  

Has de tener en cuenta que este proceso te costará dinero, así que analiza si te sale rentable. Puede que tengas que pagar una cuota de hasta 100 euros, dependiendo de si el denunciante es una persona física o jurídica. Si la cuantía que te deben supera los 2.000 euros no tendrías que pagar tasas.

Por lo tanto, antes de llegar hasta aquí, analiza tu caso, pues puede que sea mucho más rápido, pero que no te salga rentable recurrir a una demanda judicial por impago.  Para estar seguro, contacta con nosotros, te diremos qué camino te compensa más coger.

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